Hoy tenemos en Davilex a Lorena Martín Serrano, Técnico de Operaciones Centro y Sur España de una prestigiosa empresa de Outsourcing, quien nos dará las principales claves para gestionar un ERE de manera eficaz en mitad de una pandemia.
¿Qué hacen las empresas cuanto atraviesan dificultades? Una de las primeras soluciones para que la cuenta de resultados sea satisfactoria y no se vea mermada de manera fatal, es realizar ajustes de personal. Es una de las maneras de que la organización consiga mantener su posición competitiva.
Y bien, adentrándonos en lo importante, ¿qué es un despido colectivo o Expediente de Regulación de Empleo (en adelante ERE)? Un ERE es una forma de extinción del contrato fundada en cuestiónes económicas, técnicas, objetivas o de producción, cuando en un período de 90 días afecte al menos a:
-Mínimo 10 trabajadores en empresas de menos de 100 empleados.
-10% de los trabajadores en empresas entre 100 y 300 empleados.
-Mínimo 30 trabajadores en empresas de más de 300 empleados.
Respecto al procedimiento, existe un período de consultas que puede oscilar entre los 15 y 30 días, dependiendo del tipo de organización. Debe realizarse entre los Representantes de los Trabajadores y Representantes de la empresa designados para tal fin.
Es en este momento cuando nuestra nueva invitada entra en juego. Hace unos meses, elegida como Representante de los Trabajadores en su empresa, tuvo que realizar los trámites dirigidos a este procedimiento.
Para que este post sea más ameno, y teniendo ya en cuenta las cuestiones legales principales, le haremos algunas preguntas para que pueda respondernos, siempre desde su experiencia:
Lorena, en primer lugar, ¿ha sido difícil llevar a cabo este procedimiento conociendo que alguno de tus compañeros podría ser víctima del ERE que se iba a realizar?
Sí, claramente. Cuando eres designada como Representante de los Trabajadores y sabes que hay muchos de tus compañeros que van a ser despedidos, la situación se hace complicada. No obstante, la profesionalidad tiene que primar ante todo y ser consecuente con la legislación vigente.
¿Ha sido complicada la negociación con los Representantes de la empresa?
Puedo decir que las negociaciones han sido difíciles por la situación acaecida, pero no complicadas, debido a que ambas partes hemos estado por y para la empresa y sus trabajadores.
¿Con qué criterio se ha realizado la extinción de los contratos de trabajo?
Se han tenido en cuenta las necesidades de personal en departamentos imprescindibles, y una vez dentro, la antiguedad de la personas que lo componían.
Por último, sabes que una nueva sentencia del TS ha dictado que los despidos a trabajadores enfermos de COVID-19 son improcedentes y no nulos. ¿Cómo lo interpretas?
En mi opinión, pueden darse ambas situaciones. Me explico.
Cuando el empresario despide a un trabajador por el hecho de padecer la enfermedad, considero que la extinción debe declararse como nula, ya que concurre en una clara discriminación por enfermedad.
Por otro lado, si una organización despide a empleados utilizando un despido objetivo sin poder acreditar la situación que le lleva a hacerlo, el despido se calificaría como improcedente, ya que la causa no queda acreditada.
En conclusión, desde DAVILEX sólo podemos dar las gracias a Lorena Martín por dar a conocer su experiencia en un momento clave que está pasando España tanto en el ámbito sanitario, económico como laboral.